La gestión de riesgos es un elemento esencial para cualquier empresa. Sin embargo, no todos los riesgos se abordan de la misma manera. Algunas medidas de control destinadas a mitigar o compartir riesgos son obligatorias debido a requisitos legales, mientras que otras se implementan en función de las necesidades individuales y circunstancias específicas de cada organización.
En este artículo, nos centraremos específicamente en ejemplos de medidas de mitigación o compartición de riesgo que son obligatorias por exigencias legales. Desde seguros obligatorios, normativas de salud y seguridad en el trabajo, hasta regulaciones de privacidad de datos y leyes contra el lavado de dinero.
Si eres un profesional en gestión de riesgos, un empresario, o simplemente alguien interesado en entender mejor cómo las leyes ayudan a dar forma a las prácticas de gestión de riesgos, este artículo te proporcionará una visión clara y amplia de estas cuestiones complejas y cruciales.
Como es conocido por muchos, una vez analizados los riesgos y determinado su nivel, comparándolo con los criterios de riesgo establecidos en la etapa de contextualización (ISO 31000), tendremos una OPINIÓN. Esta opinión nos ofrece un primer nivel de decisión, como: Actuar; Actuar y observar; Solo observar; e Ignorar. En los casos en los que se decida actuar, se necesita implementar un tratamiento basado en controles. En los casos donde se indique observar, será necesario definir una estrategia de monitoreo y control de los respectivos riesgos.
En la ISO 31000:2018, en su ítem 5.5.1 (Tratamiento de riesgo > Generalidades), se consideran las siguientes opciones de tratamiento de riesgos a continuación. Destacando que estas opciones NO son necesariamente excluyentes.
a) Evitar el riesgo decidiendo no iniciar o discontinuar la actividad que genera el riesgo;
b) Tomar o aumentar el riesgo en busca de una oportunidad;
c) Eliminar las fuentes de riesgo;
d) Modificar la probabilidad;
e) Modificar las consecuencias;
f) Compartir los riesgos (por ejemplo, mediante contratos o compra de seguros);
g) Retener el riesgo basándose en una decisión informada.
En general, podemos determinar que estas siete opciones de tratamiento indicadas por la ISO 31000 pueden incluirse en uno de los tres grupos siguientes: 1. Evitar; 2. Minimizar; 3. Aceptar, retener o asumir más riesgo.
Entre las opciones destinadas a evitar los riesgos, la norma indica: a. Evitar el riesgo al decidir no comenzar o continuar la actividad que genera el riesgo; y c. Eliminar la fuente de riesgo.
Entre las opciones destinadas a minimizar los riesgos se consideran: d. Modificar la probabilidad; e. Modificar las consecuencias; y f. Compartir el riesgo.
Entre las opciones de aceptación y retención están: Aceptar o aumentar el riesgo en busca de una oportunidad y retener el riesgo basándose en una decisión informada.
Opciones: Evitar; Minimizar; o Aceptar, retener y asumir más riesgo.
En las clases y cursos que impartimos, es común escuchar la siguiente pregunta:
Profesor, ¿puede dar algunos ejemplos de controles, con el objetivo de mitigar o compartir riesgos, que sean obligatorios debido a requisitos legales?
Bien, vamos allá, ¡vamos a acercar la teoría y la práctica!
El tratamiento de riesgos busca evitar que la incertidumbre afecte nuestros objetivos. Sin embargo, retener el riesgo, es decir, aceptar que intentaremos alcanzar un objetivo asumiendo la incertidumbre, también es una opción.
Pensando en ello, en esta reflexión, vamos a imaginar el siguiente escenario:
Supongamos una situación ficticia en la cual identificamos un evento que podría ocurrir en la organización el próximo año con una probabilidad de 0,01 (es decir, si pudiéramos repetir la operación de la empresa cien años seguidos, en las mismas condiciones, sería de esperar que, en esos cien años, al menos una vez ocurriese dicho evento).
Si ese evento se concretiza, tendríamos un desvío del 60% de nuestro objetivo respecto a nuestras expectativas.
Con esta suposición, vamos a reflexionar: ¿Qué puede determinar si decidimos tratar el riesgo mediante compartición (ej.: seguro) o mitigación (ej.: disminución de frecuencia o impacto)?
La determinación de tratar el riesgo a través de la compartición o mitigación puede estar condicionada por varios factores. Aquí hay algunas opciones que pueden influir en esta decisión:
Apetito, tolerancia y capacidad de riesgo.
En última instancia, la determinación de cómo tratar el riesgo dependerá de un análisis exhaustivo que tenga en cuenta estos y otros factores, así como la evaluación de alternativas y la consideración de los recursos y capacidades disponibles para la empresa.
Es importante señalar que la elección entre compartir (transferir) el riesgo y mitigar el riesgo no es necesariamente mutuamente excluyente. En algunos casos, puede ser apropiado usar una combinación de ambas estrategias, dependiendo de la naturaleza del riesgo y de los recursos y capacidades disponibles.
Otra pregunta común que nos obliga a aterrizar la teoría en la práctica es la siguiente:
Profesor, ¿es aceptable que la organización retenga el riesgo? En este caso, ¿bajo qué condiciones sería aceptable retener riesgos?
¡Vamos allá! La decisión de retener el riesgo es una opción válida en determinadas circunstancias y depende del apetito, tolerancia y capacidad de riesgo de la organización, así como de la habilidad para manejar las posibles consecuencias. Asumir el riesgo implica aceptar que los objetivos se alcanzarán a pesar de la incertidumbre y de la posibilidad de que ocurra el evento no deseado.
Sin embargo, antes de optar por retener el riesgo, es necesario evaluar cuidadosamente las implicaciones, considerar algunos aspectos y condicionantes:
Planificación de contingencias
Otra cuestión que nos exige acercar teoría y práctica es la siguiente:
Profesor, ¿puede darnos ejemplos de medidas de mitigación o compartición (transferencia) de riesgos que sean obligatorios debido a requisitos legales?
Ciertas medidas de mitigación o compartición de riesgo pueden ser exigidas por requisitos legales o regulaciones específicas. La mayoría de los ejemplos a continuación están presentes en la vida cotidiana de las personas comunes. Aquí hay algunos ejemplos:
Plan de Emergencia y Evacuación
Otra pregunta común en las clases es:
Profesor, ¿por qué existen riesgos sujetos a estas obligaciones de tratamiento y otros riesgos no?
Las obligaciones legales para abordar ciertos riesgos a menudo surgen del deseo de proteger la salud, la seguridad, los derechos y el bienestar de las personas y del medio ambiente. Estas obligaciones pueden surgir de experiencias pasadas en las que la ausencia de tales obligaciones condujo a consecuencias dañinas, como accidentes laborales, contaminación ambiental, invasión de privacidad, problemas de salud pública, etc. Aquí algunas posibles razones:
En conclusión, existen varias medidas de mitigación y compartición de riesgo que son obligatorias debido a requisitos legales. Estas incluyen seguros obligatorios, cumplimiento con reglamentos de seguridad, prácticas higiénicas en la industria alimentaria, obtención de licencias y permisos, cumplimiento con reglamentos de privacidad de datos, realización de evaluaciones de impacto ambiental, cumplimiento con regulaciones contra el lavado de dinero, implementación de planes de emergencia y evacuación, cumplimiento con estándares de calidad y la adopción de medidas de seguridad cibernética.
Estas obligaciones legales son a menudo el resultado de intentar proteger la salud, la seguridad, los derechos y el bienestar de las personas y del medio ambiente. Muchas de ellas buscan proteger al público, prevenir daños, proteger derechos individuales, promover la responsabilidad corporativa, ética y prevenir actividades ilegales. Estas obligaciones a menudo provienen de lecciones aprendidas de incidentes anteriores donde la falta de regulación llevó a resultados dañinos.
Algunos riesgos se consideran parte inherente de determinadas actividades.
Por otro lado, no todos los riesgos están sujetos a obligaciones legales de tratamiento. Esto puede deberse a que son difíciles de regular, se consideran parte inherente de ciertas actividades o porque las intervenciones legales pueden no ser el método más eficaz de gestionar estos riesgos. En estos casos, la gestión de riesgos puede ser más informal o depender de los individuos u organizaciones involucradas.
En resumen, las medidas legales de mitigación y compartición de riesgos buscan proporcionar un marco de seguridad y responsabilidad que proteja a las personas, organizaciones y al medio ambiente de posibles daños, aunque reconoce que no todos los riesgos pueden o deben ser gestionados mediante intervención legal.